La RFAF lanza la circular 27 para informar sobre los playoff de ascenso

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Pedro Expósito.- La Real Federación Andaluza de Fútbol ha emitido la circular que regulará los playoff exprés de ascenso. Una normativa en la que destaca un formulario de inscripción, con fecha tope del 8 de junio, el calendario para las pruebas médicas y celebración de partidos y una serie de recomendaciones complementarias para evitar riesgos en la vuelta a los entrenamientos.

Circular nº. 27/RFAF

Sevilla, 2 de junio de 2020

Nota informativa acerca de la finalización de las competiciones de la RFAF mediante play-off exprés de ascenso. Esta circular es de carácter informativo y todo lo incluido en ella deberá ser aprobado por los órganos competentes de ámbito federativo o público gubernamental, si fuere el caso.

No están permitidos entrenamientos, ni partidos para la finalización de la temporada 2019/2020 en fútbol y fútbol-sala sin que las Autoridades Sanitarias y Deportivas lo hayan autorizado para cada fase y para cada provincia y en todo caso bajo las medidas acordadas en la Orden SND 458/2020 de 30 de mayo de 2020 para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma, lo previsto en la Orden SND 399/2020, de 9 de mayo, en la Orden SND 414/2020, de 16 de mayo, así como del resto de órdenes e instrucciones aprobadas en desarrollo o aplicación del estado de alarma declarado por RD 463/2020.

NORMATIVA DE PARTICIPACIÓN

Se pone en conocimiento de todos los clubes las siguientes normas de participación en los playoff:

– De acuerdo a lo establecido en la circular nº. 25 de la RFAF, siempre y cuando las condiciones sanitarias lo permitan, serán celebrados play-offs de ascenso en aquellas competiciones de la categoría sénior de fútbol masculino cuya normativa lo previese, así como play-offs de ascenso a competiciones nacionales de fútbol femenino y fútbol sala masculino.

– Los clubes con derecho a participar en los encuentros de los play-off según las clasificaciones debidamente validadas por los órganos de competición correspondientes deberán inscribirse en los play-offs dentro de los plazos fijados para ello.

– Los clubes con derecho a participar deberán firmar la documentación que regirá dichos play-offs, siendo condición imprescindible para poder participar en los mismos la aceptación de la normativa específica.

– La renuncia a participar en los play-offs de ascenso por parte de un club o la no validación de la documentación de inscripción y sujeción normativa por parte de los órganos competentes de la federación, no conllevará ningún tipo de sanción para los clubes que no se inscriban. Dadas las circunstancias excepcionales actuales, no será aplicado lo previsto en los artículos 111 del Reglamento General de la RFAF y 27 del Código de Justicia Deportiva de la RFAF, al entenderse que los clubes deben inscribirse voluntariamente en la nueva fase, siendo esta diferente en formato y fechas a las inicialmente previstas, y por tanto, requiere de una aceptación voluntaria de las mismas, sin que la no inscripción pueda llevar aparejada consecuencias disciplinarias por tratarse de una inscripción voluntaria.

– En cambio, sí conllevará sanción disciplinaria de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 del Reglamento General de la RFAF y 27 del Código de Justicia Deportiva de la RFAF la renuncia a participar por parte de un club que, habiéndose inscrito y habiendo formalizado la documentación requerida para participar en los play-offs, acabara no participando finalmente en el mismo, salvo que la no participación lo fuera por causa de fuerza mayor debidamente acreditada.

– En todo caso, sea por no inscripción de clubes con derecho a participar en los play-offs, sea por no participación efectiva de clubes una vez inscritos, no se sustituirá en ningún caso a los equipos no participantes, proveyéndose las plazas de ascenso o la clasificación final única y exclusivamente entre los equipos inscritos, adaptándose las normas de competición (sorteos, emparejamientos, etc.) a estas circunstancias. Si el número de ascensos fuera igual o superior al número de equipos inscritos o participantes, no se disputarán los play-offs y ascenderán automáticamente los que estuvieran inscritos sin derecho a ascenso de ningún otro equipo.

– Los clubes deberán participar en los play-offs con los futbolistas con licencia activa que formaban parte de sus plantillas en el momento de finalización de la fase regular y con los futbolistas con licencia de equipos inferiores del mismo club o de los filiales cuando exista un convenio o acuerdo debidamente inscrito en la Federación para la presente temporada. La RFAF no prevé abrir un plazo para poder incorporar nuevos futbolistas en sus plantillas para la disputa de los play-offs.

CALENDARIO

La RFAF fija el siguiente calendario en relación con los aspectos organizativos:

1.- Inscripción antes del 8 de junio a las 12:00 horas.

2.- El 10 de junio presentación de sedes y celebración de los sorteos establecidos.

3.- Reconocimientos médicos:

Primer reconocimiento

Del 8 al 12 de junio: citas médicas para los play-offs de Fútbol Femenino, 1ª Andaluza Sénior y 2ª Andaluza Sénior.

Del 15 al 19 de junio: citas médicas para los play-offs de 2ª Andaluza Fútbol Sala Femenino, 2ª Andaluza Sénior y 3ª Andaluza Sénior.

Segundo reconocimiento

Del 1 al 8 de julio: citas médicas para los play-offs de Fútbol Femenino, 1ª Andaluza Sénior y 2ª Andaluza Sénior.

Del 9 al 15 de julio: citas médicas para los play-offs de 2ª Andaluza Fútbol Sala Femenino, 2ª Andaluza Sénior y 3ª Andaluza Sénior.

4.- Celebración play-offs:

11 ó 12 de julio: primera jornada play-offs.

18 ó 19 de julio: segunda jornada play-offs.

25 ó 26 de julio: tercera jornada play-offs.

NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA ENTRENAMIENTOS Y COMPETICIONES.

Con independencia de lo previsto y señalado en esta Circular, de la obligación del cumplimiento de las normas que se citan y de lo recogido en la circular reguladora específica del play-off, la RFAF pone en conocimiento de todos los clubes las siguientes normas complementarias de desarrollo de los play-offs:

Previamente al inicio de los entrenamientos en grupo, los futbolistas, staff técnico, y resto del personal del equipo, deberían haber realizado un cuestionario de salud, acerca de si presentan síntomas relacionados con la COVID 19, y, si las autoridades sanitarias o deportivas no lo prohibieran o desaconsejaran, deberían realizar un primer test rápido serológico (preferentemente entre el 8 y el 12 de junio), tomando las medidas oportunas según los resultados.

Entre los días 1 y 8 de julio, antes del primer partido oficial que deba disputar cada uno de los equipos y con la finalidad de proveer las máximas condiciones de salud posible para todos los participantes en la competición, tanto los futbolistas como el staff técnico con licencia federativa deberían pasar, si las autoridades sanitarias o deportivas no lo prohibieran o desaconsejaran, un segundo test rápido serológico. No podrán disputar el partido o formar parte del encuentro los futbolistas o el staff con licencia federativa, si existiese un resultado de test rápido con positivo en alguna de estas personas, se le deberá practicar test de PCR y tomar las medidas oportunas.

Dichos controles y decisiones médicas serán, también, extensibles a los árbitros que deban participar en estas fases de play-offs en cada una de las provincias.

La RFEF ha llegado a un acuerdo con la Mutualidad de Futbolistas Españoles MUPRESFE para, si las autoridades sanitarias o deportivas no lo prohibieran o desaconsejaran y si los proveedores de este tipo de materiales entregan los test en tiempo y forma, poder realizar los correspondientes test en las sedes propias o concertadas de la Mutualidad de forma gratuita para todos las personas miembros de los equipos con licencia federativa. Los equipos deberán asistir el día y hora que sean citados para realizar las correspondientes pruebas.

En anexo a esta circular se describen recomendaciones complementarias de la RFAF para la vuelta a los entrenamientos y competición.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Anexo

RECOMENDACIONES COMPLEMENTARIAS PARA LOS EQUIPOS QUE PARTICIPEN EN LOS PLAY-OFFS PARA EVITAR LOS RIESGOS SOBRE LA SALUD EN LA VUELTA A LOS ENTRENAMIENTOS Y EN LAS
COMPETICIONES

La Real Federación Andaluza de Fútbol, durante toda la crisis sanitaria provocada por la COVID19, ha antepuesto la salud de los futbolistas y todas las personas relacionadas con la misma por encima de cualquier otra cuestión, adoptando las medidas oportunas en consecuencia.

Como medidas obligatorias, la RFAF recuerda a todas las personas que participen en los eventos anteriormente expuestos que deben seguir el cumplimiento estricto de toda la normativa emitida en razón de la situación de alarma por la autoridades públicas en materia sanitaria y deportiva, y cualquier de aplicación, y todas las recomendaciones relacionas sobre la práctica deportiva segura.

Como complemento a todo lo anterior, la RFAF recomienda adoptar toda una serie de medidas que favorezcan el control de riesgos, protección de la salud y seguridad de todos los clubes, principalmente sobre la salud de los futbolistas y el rendimiento de los mismos para la vuelta al entrenamiento normalizado y a la competición. Estas recomendaciones complementarias son de aplicación tanto a futbolistas como al staff técnico y tienen como principal objetivo:

  1. a) Identificar a los posibles contagiados asintomáticos o no.
  2. b) Reducir la posibilidad de nuevos contagios.
  3. c) En ningún caso estas recomendaciones sustituyen a las marcadas por las autoridades.
RECOMENDACIONES COMPLEMENTARIAS BÁSICAS

– Mantener en la medida de lo posible un control por parte del club del estado de salud de cada persona, futbolista, técnicos u otros implicados, previos a la participación de entrenamiento o competición, con al menos entrevistas básicas sobre anomalías en su estado de salud o cumplimiento de las medidas obligatorias. Igualmente es responsabilidad de los deportistas o técnicos informar de su estado de salud al club, si ha presentado síntomas o si ha mantenido contacto estrecho con alguna persona, dentro de las medidas de confidencialidad oportunas.

– Mantener en la medida de lo posible las medidas de distanciamiento social. Durante el tiempo que duren los entrenamientos y la competición posterior, los futbolistas y staff deben reforzar y cumplir al máximo las medidas de protección e higiene personal en el ámbito familiar, social y deportivo, y todos los protocolos que sobre ello establecen las autoridades sanitarias, evitando situaciones de posible contagio, con el material de protección oportuno.

– Mantener el lavado de manos con regularidad, siguiendo el procedimiento correcto, antes y después del entrenamiento, si hay competición antes y después de la competición. Importante hacerlo de manera correcta durante al menos 30 segundos. En todos los vestuarios y zonas de acceso al campo deberá haber dispensadores de gel desinfectante.

– Mantener unas medidas de atención sobre la higiene del material técnico de entrenamiento o juego, de la ropa deportiva, del calzado o de los enseres personales, con su lavado exhaustivo y desinfecciones oportunas. No compartir el material deportivo en la medida de lo posible, y de hacerlo, realizar limpieza o desinfección previa, e igualmente prestar atención con las superficies de contacto compartidas.

– Dadas las altas temperaturas que pueden darse en la época estival, durante estos meses, cuando la misma oscile los 30ºC o más, se deben evitar en la medida de lo posible los entrenamientos o actividades en franjas horarias centrales del día, entre las 12:00 horas del mediodía y las 19h.

– Igualmente, se debe asegurar una correcta hidratación antes, durante y después del entrenamiento o actividad.

– Mantener las instalaciones deportivas en su totalidad con un estado óptimo de higiene y desinfección, para lo cual se deberán haber tomado las medidas oportunas para ello, tanto en vestuarios, terreno de juego y demás zonas comunes. La RFAF podrá estimar solicitar a los clubes las garantías sobre la aplicación de estas medidas. Igualmente la RFAF ofrece, a través de acuerdos con otras empresas especializadas, la posibilidad de realizar estos trabajos si así el club o entidad lo estima conveniente.

– En los aspectos de preparación física, mental o nutricional para la reincorporación a la actividad, deben mantenerse las directrices marcadas por los especialistas del club, preparadores físicos, readaptadores, médicos, nutricionistas y resto del personal técnico. Igualmente la RFAF ofrece asesoramiento técnico general para los clubes que lo necesiten en este periodo a través de su área de salud.

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